sábado, 19 de agosto de 2017

¡TRIUNFO HUMANISTA, OBRERO Y MILITAR! Asamblea Constituyente de Venezuela 2017.


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A pesar de los pesares...
... el pueblo humilde, el de a pie, el humanista, el más honesto y el más sufrido le demostró a los de arriba, a los que se creen superiores porque tienen más (algunos se lo ganaron honestamente, los más lo hicieron gracias a la oligarquía corrupta, tanto política, como empresarial), que se han despertado de la larga siesta política que le impusieran los gobiernos del siglo XX.
  Demostraron que han aprendido mucho de la instrucción cívica que les regaló el chavismo, ahora el pueblo venezolano está politizado, la salsa y el merengue quedaron relegados a planos inferiores, la ciudadanía por fin entendió que esas diversiones habían sido utilizadas para calmar a las fieras y no para divertirlas, que deben estar presentes en las fiestas y en los momentos de distención, y no en el quehacer cotidiano. Ahorita el trabajador venezolano es responsable, luchador y revolucionario... es a eso que tanto le temen los opositores criollos y extranjeros, no vaya a ser que ese "mal" se transforme en epidemia mundial! 

     Véase el carácter clasista/racista de esta consigna

Actual Constitución Bolivariana.

                                    Capítulo III
               De la Asamblea Nacional Constituyente

Artículo 347.
El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto
de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.

Artículo 348. 
La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Consejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el registro civil y electoral.

   He marcado y subrayado una palabra en cada artículo, porque son palabras fundamentales (son las utilizadas por los opositores para confundir a la gente). En el primer art. el sustantivo puede está siendo reemplazado subjetivamente por el debe, el puede posibilita, el debe obliga = lo que hace suponer que dicho artículo ordena la realización de un plebiscito. 
  En el segundo art. la conjunción disyuntiva o es reeemplazada subjetivamente por la y = lo que hace suponer que dicho artículo impone que el conjunto de las cuatro posibilidades debe accionarse para la convocatoria.
    En estas artimañas son cómplices hasta los países que se manifiestan en contra de la convocatoria, o al menos exigen al gobierno de Maduro que la suspenda. Obviamente, que no se tratan de intencionalidades humanistas, sino una mezquina maniobra para no irritar al mejor cliente que estos países tienen: USA.

¿Es legal la Constituyente en Venezuela?  ¿Cómo está la oposición post-Constituyente?
¿Va a disolverse la Asamblea Legislativa?
Nunca mejor explicado, en apenas 30 minutos:

  


Vea también:

BOCHORNO POLÍTICO-MEDIÁTICO... 

Invasión a Venezuela? 

Quién es Henrique Capriles? 

Carta al presidente de la República Bolovariana de Venezuela y a los compañeros...

Guerra de clases en Venezuela...

Venezuela: Presos políticos, o políticos presos...?

                       *        *       * 

Walter E. Carena
Twitter: @WCarena